DETERMINACION DE DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS RELATIVAS A LA OPCION DE TRIBUTACION DE IRNR O IRPF PARA RESIDENTES FISCALES, PREVISTA EN LA LEY 19.937 Y NORMAS CONCORDANTES




Promulgación: 01/06/2021
Publicación: 02/06/2021
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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      Acreditación.- Los contribuyentes que presenten la declaración 
      jurada a que refiere el numeral anterior, deberán asimismo acreditar 
      ante la DGI, para cada ejercicio fiscal, el cumplimiento de lo 
      dispuesto en los literales a) y b) del segundo inciso del artículo 
      5° Quinquies del Decreto N° 148/007 de 26 de abril de 2007.
    
      El plazo para presentar la referida información será hasta el 31 de
      enero del año siguiente a aquél que corresponda acreditar.

      Lo dispuesto en los incisos precedentes corresponderá incluso para
      aquellos ejercicios comprendidos en el plazo, en los que no se
      hubieran percibido beneficios.
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