Aprobado/a por: Resolución Nº 213/021 de 19/05/2021.
   Artículo 1.- APRUEBASE E INCORPORASE AL ORDENAMIENTO JURÍDICO INTERNO el LAR 204, PRIMERA EDICIÓN, Enmienda 1, Noviembre 2020, "Cartas aeronáuticas", emitido por el SRVSOP, a partir de la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución. (*)
  

(*)Notas:
Reglamento sustituido por: Resolución DINACIA Nº 306/025 de 07/07/2025 
artículo 4.
   Artículo 2.- El reglamento que se aprueba en el numeral 1°, sustituye en su totalidad al LAR 204, Primera edición, Diciembre 2017, "Cartas aeronáuticas", aprobado por Resolución N° 317 - 2018 de 01 de agosto de 2018.

(*)Notas:
Ver Reglamento sustituído: Resolución DINACIA Nº 317/018 de 01/08/2018 
artículo 3.
   Artículo 3.- APRUEBASE E INCORPORASE AL ORDENAMIENTO JURÍDICO INTERNO el LAR 210, Primera Edición, Enmienda 2, Noviembre 2020, "Telecomunicaciones aeronáuticas", emitido SRVSOP, a partir de la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, dejándose sin efecto las excepciones establecidas en las secciones "210.005 Aplicación" y "210.010 - Autoridad Aeronáutica", las que fueron exclusivamente aplicables para la República Oriental del Uruguay (*)

(*)Notas:
Reglamento sustituido por: Resolución DINACIA Nº 47/022 de 02/02/2022 
artículo 2.
   Artículo 4.- El reglamento que se aprueba en el numeral 3°, sustituye en su totalidad al LAR 210, Primera Edición, Diciembre 2017, "Telecomunicaciones aeronáuticas", aprobado por Resolución N° 317 - 2018 de 01 de agosto de 2018.

(*)Notas:
Ver Reglamento sustituído: Resolución DINACIA Nº 317/018 de 01/08/2018 
artículo 5.
   Artículo 5.- Para la actualizacion de los LARs 204 y 210 que se aprueban precedentemente, se adoptarán oportunamente y mediante Resolucion de esta Dirección Nacional, las enmiendas y/o futuras ediciones que emita el SRVSOP.
   Artículo 6.- DÉJASE sin efecto toda otra disposición reglamentaria que se oponga a los reglamentos aeronauticos latinoamericanos que se incorporan al Derecho interno mediante la presente resolución.
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