REGLAMENTOS AERONAUTICOS URUGUAYOS 21 (RAU 21), 43 (RAU 43), 45 (RAU 45)
Y 145 (RAU 145)
Aprobado/a por: Norma Nº 278/014 de 12/08/2014 artículo 1.
Artículo 9.- APRUEBASE el Reglamento Aeronáutico Uruguayo 145 (RAU 145),
"Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas", Adopción LAR 145, Tercera
Edición, diciembre 2008, Enmienda 3, (diciembre 2013), que se encuentra
adjunto a la presente y forma parte de la misma a partir de la publicación
de la presente Resolución en el Diario Oficial.
RAU - 145
ORGANIZACIONES DE MANTENIMIENTO APROBADAS
ADOPCION LAR 145, Tercera Edición (diciembre 2008)
Enmienda N° 3 - Diciembre 2013
INDICE
RAU 145
ORGANIZACIONES DE MANTENIMIENTO APROBADAS
SUBPARTE A: GENERALIDADES 145-A-1
145.1 Adopción 145-A-1
145.3 Aplicabilidad 145-A-1
145.5 RESERVADO 145-A-1
SUBPARTE B: EXCEPCIONES 145-B-1
145.1 RESERVADO 145-B-1
SUBPARTE C: COMPLEMENTOS 145-C-1
145.1 RESERVADO 145-C-1
APENDICE A: 145-AP-A-1
RESERVADO 145-AP-A-1
ADJUNTO A: 145-ADJ-A-1
RESERVADO 145-ADJ-A-1
SUBPARTE A: GENERALIDADES
145.1 ADOPCIÓN
(a) Para las ORGANIZACIONES DE MANTENIMIENTO APROBADAS en la República
Oriental del Uruguay, se ADOPTA, en su totalidad, el Reglamento
Aeronáutico Latinoamericano LAR 145 ORGANIZACIONES DE MANTENIMIENTO
APROBADAS, Tercera Edición, Diciembre 2008, la que incorpora las enmiendas
Nros 1 y 2; y Nro 3 de Diciembre 2013.
145.3 APLICABILIDAD
(a) El Reglamento que se ADOPTA, será de aplicación en el territorio
de la República Oriental del Uruguay, en todo lo que no se oponga a las
leyes vigentes, con las excepciones y complementos que se prescriben en
las respectivas Subpartes, Apéndices y Adjuntos del presente reglamento.
145.5 RESERVADO
SUBPARTE B: EXCEPCIONES
145.1 RESERVADO
SUBPARTE C: COMPLEMENTOS
145.1 RESERVADO
APENDICE A
RESERVADO
ADJUNTO A
RESERVADO
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Resolución DINACIA Nº 310/013 de 16/09/2013
artículo 1.
Se modifica/n por: Resolución DINACIA Nº 224/015 de 17/06/2015 artículos
10, 11 y 12.
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