(Condiciones generales). Para el otorgamiento del derecho de uso del sello al que refiere el ordinal anterior, los interesados deberán cumplir al menos las siguientes acciones:
a) sustitución total o parcial de vajilla descartable en las
actividades en la que sean de uso;
b) sustitución total o parcial de envases y embalajes plásticos en la
distribución y comercialización de productos y servicios; e,
c) realización o participación en programas o campañas dirigidos a
concientizar sobre el consumo sostenible y la problemática asociada
a los residuos plásticos, promoviendo el cambio de hábitos en la
población.