El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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El procedimiento para el otorgamiento de la distinción constará de las siguientes etapas:
a) Postulación a través del formulario que la Dirección Nacional de
Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos elaborará a tales efectos.
Las postulaciones se recibirán en los períodos de recepción que
disponga la referida Dirección Nacional para las distintas áreas
naturales protegidas.
b) Evaluación, que será realizada por un equipo técnico integrado por
personal del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
c) En forma previa a la redacción del informe de la División Sistema
Nacional de Áreas Protegidas, será consultado el Director del área
protegida en que se ubique o desarrolle el emprendimiento.
d) Los antecedentes y el informe final serán elevados a la Dirección
Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos.