SUSPENSION DEL TRANSITO Y LA COMERCIALIZACION DE AVES Y MAMIFEROS SILVESTRES Y DE SUS PRODUCTOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, POR EL PLAZO NECESARIO, SEGUN LA EVOLUCION DE LA SITUACION SANITARIA




Promulgación: 05/03/2026
Publicación: 18/03/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Previénese al personal encargado de la vigilancia sanitaria la aplicación de las siguientes medidas:

a) se realizará hisopado para recoger secreciones nasales o faríngeas y
   se mantendrán con vallado y cartelería que se trata de ejemplares bajo
   vigilancia sanitaria.

b) en caso de ejemplares con sintomatología avanzada, que se encuentren
   agonizando, se realizará eutanasia, siguiendo los protocolos
   correspondientes, para evitar el sufrimiento del animal y la
   dispersión del virus.

c) los ejemplares muertos, o eutanasiados, serán enterrados siguiendo los
   protocolos establecidos.
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