Todos los establecimientos definidos en el numeral 3º, deben
-obligatoriamente- llevar un libro de entradas y salidas del material
genético y de los reproductores y ficha contable individual de cada
reproductor del que se conserve semen. Además los Centros de Toros y
Centros de Trasplante, deben poseer Reglamento interno de funcionamiento
aprobado por la Dirección General de los Servicios Veterinarios. (*)