Resolución S/n
Incorpóranse a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se
especifican.
(368*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 5 de Marzo de 2014
VISTO: el Decreto N° 9/014, de fecha 28 de febrero de 2014, el Decreto N°
10/014, de fecha 28 de febrero de 2014, y la Resolución S/N del Ministerio
de Economía y Finanzas, de fecha 19 de diciembre de 2011.
RESULTANDO: I) que el Decreto N° 9/014 introduce modificaciones en la
lista nacional de excepciones de Uruguay al arancel externo común, el
Decreto N° 10/014 incorpora al ordenamiento jurídico nacional la
Resolución del Grupo Mercado Común No 27/12, así como la Resolución S/N
del Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 19 de diciembre de 2011,
que sustituye la nomenclatura estructurada a diez dígitos con su
correspondiente régimen arancelario.
II) que los Decretos modifican la Nomenclatura Común del Mercosur así como
su correspondiente Arancel Externo Común, y
III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en los
Decretos invocados es conveniente realizar modificaciones en la
nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su correspondiente
régimen arancelario.
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la
Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 19 de diciembre de 2011,
de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 9/014, de fecha 28 de febrero
de 2014 y en el Decreto N° 10/014, de fecha 28 de febrero de 2014.
ATENTO: a lo expuesto.-
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
1
Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la
Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 19 de diciembre de
2011, el contenido del Anexo que se adjunta y forma parte de la presente
Resolución.-