Visto: los análisis efectuados por la Comisión Asesora creada por el
decreto 5/983, de 5 de enero de 1983.
Considerando: que de los mismos surge la conveniencia de modificar
el precio de referencia de un determinado tipo de etiquetas impresas,
fijado por resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 5 de
agosto de 1983.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 6º del decreto 787/979, de 31
de diciembre de 1979,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
1
Fíjase el siguiente precio de referencia: etiquetas impresas
confeccionadas con papeles estucados no autoadhesivos, con gramajes entre
75 y 105 gramos, en formatos con máximos de 22 cms. en su dimensión mayor
y de 12 cms. en la menor, del Item NADI 48.19.00.00-U$S 3,45 el millar.
(*)