Visto: los Precios de Referencia vigentes para la importación de
diversos tipos de tubos de hierro o acero común negros o galvanizados.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 787/979 de 31 de diciembre de
1979, 51983 de 5 de enero de 1983 y 141/984, de lo de abril de 1984, a lo
informado por la Comisión Asesoría creada por el segundo de los citados
decretos,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
1
Fíjase por un período de 1 (un) año a partir del vencimiento de los
Precios de Referencia de carácter provisional establecidos por la
resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 27 de noviembre de
1984 y prorrogados por la resolución de 26 de marzo ppdo., los siguientes
Precios de Referencia, de carácter definitivo:
Producto Precios de Referencia
U$S
Los demás tubos de hierro o acero común
y espesor de hasta 8.9 mm inclusive:
De diámetro exterior entre 33.5 mm y
59.9 mm, inclusive para los de sección
constante circular o perímetro exterior
entre 105,3 mm y 188.4 mm inclusive
para los de sección distinta a la circular
(incluidos en los items NADI 73.18.89.01
y 73.18.89.99
Negros ................................. 834 1a. Ton. CIF
Galvanizados............................ 1.031 1a. Ton. CIF
De diámetro exterior entre 60 mm y
114.3 mm inclusive para los de sección
constante circular o perimetro exterior
entre 188.5 mm y 359.1 mm inclusive
para los de sección distinta a la circular
(incluidos en los items NADI 73.18.89.0l y
73.18.89.99)
Negros.............................. 798 1a. Ton. CIF
Galvanizados........................ 980 1a. Ton. CIF
(*)