Visto: la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 9 de julio
de 1986.
Resultando: la misma fijó un Precio Mínimo de Exportación de carácter
provisional, para diversos tipos de cubiertas.
Considerando: la conveniencia de prorrogar la vigencia del mencionado
precio.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión Asesora
creada por el artículo 9º del primero de los citados decretos.
El Ministro de Economía y Finanzas,
RESUELVE:
1
Prorrogar por un período de 2 (dos) meses el Precio Mínimo de
Exportación, de carácter provisional, fijado por el numeral 1º de la
resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 9 de julio de 1986
para los productos que se detallan:
Cubiertas de bicicletas, motos y motonetas, tractores, motoniveladoras,
coches de pasajeros, camiones, ómnibus y trolleybuses, que se introduzcan
por los ítem NADI: 40.11.02.00;
40.11.03.99; 40.11.05.01; 40.11.05.02; 40.11.05.99; 40.11.06.22;
40.11.06.24; 40.11.06.26; 40.11.06.27. 40.11.06.29; 40.11.06.41;
40.11.06.42; 40.11.06.49; 40.11.06.51; 40.11.06.59 y 40.11.06.99. (*)