Los Precios de Referencia fijados en el numeral anterior no se
aplicarán a las importaciones de las fibras textiles poliestéricas sin
cardar, peinar ni haber sufrido otra operación preparatoria del hilado, de
títulos de 6 derniers o superiores aptas para relleno (Fiber Fill),
(incluidas en el ítem NADI 56.01.01.02), con denuncias autorizadas con
anterioridad a la fecha de publicación de la presente resolución.