SE DISPONE INVESTIGACION A IMPORTACION DE DETERMINADOS PRODUCTOS. NOMENCLATURA ARANCELARIA




Promulgación: 11/03/1994
Publicación: 24/03/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 331
      Visto: las solicitudes de fijación de precios mínimos de exportación
para tubos y caños de hierro con costura.

     Resultando: los niveles solicitados son los siguientes negros: entre
U$S 660 y U$S 750 la tonelada CIF; galvanizados: entre U$S 780 y U$S 890
la tonelada CIF.

     Considerando: conveniente de acuerdo con los análisis realizados
disponer la apertura de la investigación prevista en el artículo 18 del
mencionado Decreto, así como la fijación de Precios Mínimos de Exportación
provisorios aplicables a la importación de dichos productos.

     Atento: a lo informado por la Comisión de Aplicación creada por el
artículo 14 del Decreto Nº 315/993 mencionado.

     El Ministro de Economía y Finanzas

                                   RESUELVE:

1

 Disponer la apertura de la investigación prevista por el artículo 18 del
Decreto Nº 315/993 de 6 de julio de 1993, respecto de importaciones de
tubos y caños de hierro con costura de entre 1/2 y 2 1/2" que ingresen por
los items NADISA 7306.30.00.10 y 7306.30.00.90.

IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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