La solicitud de cancelación de póliza o endoso de certificado, en
su caso, se presentará ante la Dirección Nacional de Aduanas, quien
procederá a la devolución que corresponda, una vez realizados por la
Dirección General Impositiva los controles a que hace referencia el
numeral anterior y habiendo expresado ésta su conformidad. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución MEF S/N de 05/12/1996 numeral 1.
TEXTO ORIGINAL: Resolución MEF S/N de 05/09/1996 numeral 2.