INSTRUMENTACION DE GARANTIAS EN EL TRANSITO ADUANERO DE MERCADERIAS - REGIMEN PREVENTIVO DE INFRACCIONES ADUANERAS




Promulgación: 05/09/1996
Publicación: 06/09/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 678

4

   La relación a que hace referencia el artículo 16º del Decreto que se
reglamenta, se presentará por triplicado ante la Dirección Nacional de
Aduanas o ante la Dirección de Zonas Francas, en su caso, quienes, dentro
de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo que en el mismo se
establece, enviarán una copia a la Dirección General Impositiva.
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