VISTO: el Decreto 73/011, de fecha 16 de febrero de 2011, que incorporó al
ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo de Mercado Común No
73/11, y la solicitud del Ministerio de Industria, Energía y Minería de
crear una determinada apertura arancelaria; así como la Resolución del
Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 27 de diciembre de 2006, que
sustituye la nomenclatura estructurada a diez dígitos con su
correspondiente régimen arancelario.-
RESULTANDO: I) que el Decreto invocado modifica la Nomenclatura Común del
Mercosur así como su correspondiente Arancel Externo Común.-
II) que se entiende oportuno y conveniente realizar la apertura solicitada
por el Ministerio de Industria, Energía y Minería.-
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la
Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 27 de diciembre de 2006,
de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 73/011, de 16 de febrero de
2011, y a lo planteado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la
Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 27 de diciembre de
2006, el contenido del Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.- (*)