DELEGACION DE ATRIBUCIONES A LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA




Promulgación: 11/08/2011
Publicación: 17/08/2011
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 393
Ver vigencia: Resolución MEF S/N de 19/09/2013 numeral 2.
VISTO: las leyes que aprueban los convenios para evitar la doble
imposición y prevenir la evasión fiscal y los acuerdos de intercambio de
información en materia tributaria, celebrados por la República.-

RESULTANDO: I) que los convenios y acuerdos referidos en el Visto
establecen que el intercambio de información debe realizarse a través de
la autoridad competente de cada Estado parte designada en cada convenio.-

II) que en el caso de de Uruguay la autoridad competente es el Ministerio
de Economía y Finanzas o su representante autorizado.-

CONSIDERANDO: Conveniente delegar por razones de especialidad en la
Dirección General Impositiva las atribuciones concernientes al efectivo
intercambio de información en materia tributaria.-

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto N° 500/991, de 27 de
setiembre de 1991.-

                    EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

 Deléguense en la Dirección General Impositiva las atribuciones del
Ministerio de Economía y Finanzas como autoridad competente concernientes
al efectivo intercambio de información en materia tributaria en el marco
de los convenios internacionales para evitar la doble imposición y
prevenir la evasión fiscal y de los acuerdos relativos al intercambio de
información en materia tributaria, celebrados por la República.-

FERNANDO LORENZO
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