VISTO: el Decreto N° 385/011, de fecha 7 de noviembre de 2011, que
incorporó al ordenamiento jurídico nacional las Resoluciones del Grupo de
Mercado Común Nos 03/11 y 04/11, y el Decreto N° 434/011 que prohibió la
introducción a zonas sometidas a la jurisdicción nacional de sustancias
químicas que contengan endosulfán; así como la Resolución S/N del
Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 19 de diciembre de 2011, que
sustituye la nomenclatura estructurada a diez dígitos con su
correspondiente régimen arancelario.-
RESULTANDO: I) que el primer Decreto invocado modifica la Nomenclatura
Común del Mercosur así como su correspondiente Arancel Externo Común.-
II) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en el
segundo Decreto invocado es conveniente realizar una apertura nacional en
la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos.-
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la
Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 19 de diciembre de 2011,
de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 385/011, de 07 de noviembre
de 2011 y crear la apertura nacional que permita identificar las
sustancias químicas preparadas en base a endosulfán.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la
Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 19 de diciembre de
2011, el contenido del Anexo que se adjunta (*) y forma parte de la presente Resolución.-