MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR




Promulgación: 24/05/2018
Publicación: 01/06/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016.

   RESULTANDO: I) la necesidad de realizar una apertura arancelaria en la nomenclatura nacional al producto "analizadores de alcohol en aliento", a los efectos de realizar controles de ingreso de dichos bienes al país, en cumplimiento con lo establecido en el Decreto N° 322/017 de 13 de noviembre de 2017.

   II) que es factible realizar dicha modificación, realizando los ajustes a la nomenclatura arancelaria de uso interno a 10 (diez) dígitos y proceder a la adecuación de la misma.

   CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

                    EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

   Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a 10 (diez) dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución N° 5043 del Ministerio de Economía y Finanzas de 27 de diciembre de 2016, el contenido del Anexo que se adjunta (*) y forma parte de la presente Resolución.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

   Comuníquese a la Asesoría de Política Comercial del Ministerio de Economía y Finanzas en la casilla de correo: apc.gestion@mef.gub.uy, publíquese y archívese.

   DANILO ASTORI
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