Fecha de Publicación: 13/10/2010
Página: 100-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

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 El presente Estándar Específico entrará en vigencia a los 90 días de la
publicación de la presente resolución y no regirá para semillas de
especies hortícolas importadas o producidas con anterioridad a la fecha de
vigencia antedicha.
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