No se autorizará el ingreso al país de subproductos de origen animal
(harinas de carne, sebo no desproteinado, y gelatina y colágeno que no
provengan de cueros y pieles), provenientes de países categorizados
dentro de los Niveles III y IV..
Autorízase el ingreso al país de subproductos de origen animal
provenientes únicamente, de países que acrediten mediante certificado
expedido por la autoridad sanitaria competente del país de origen, la
ausencia de prúrigo lumbar en su territorio.-.