REGULACION SOBRE IMPORTACION DE ESPECIES SUSCEPTIBLES A LAS EET ENCEFALOPATIAS ESPONGIFORMES TRANSMISIBLES




Promulgación: 04/07/2002
Publicación: 09/07/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 44
Referencias a toda la norma

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 Cométase a la Comisión creada por Resolución DGSA/DGSG 05/2001 DE 22 de 
junio de 2001, a revisar las normas vigentes en materia de concentrados y 
proponer en un plazo de 60 días, las modificaciones que estime 
necesario.
La Dirección General de Servicios Agrícolas comunicará al Ministerio de 
Ganadería, Agricultura y Pesca trimestralmente el registro de 
elaboradores e importadores de concentrados con sus volúmenes de 
importación y/o elaboración.
Asimismo la Dirección General de Servicios Agrícolas (D.G.S.A.) informará 
mensualmente sobre los resultados analíticos para detección de eventuales 
contravenciones a las disposiciones vigentes de acuerdo con lo dispuesto 
por el artículo 1ero del Decreto Nº 139/996 de fecha 17 de abril de 
1996.-
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