REGULACION SOBRE IMPORTACION DE ESPECIES SUSCEPTIBLES A LAS EET ENCEFALOPATIAS ESPONGIFORMES TRANSMISIBLES




Promulgación: 04/07/2002
Publicación: 09/07/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 44
Referencias a toda la norma

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 Autorízase la libre importación de leche y productos lácteos.
En caso de que dichos productos provengan de países categorizados dentro 
de los Niveles III y IV, se requerirá para su importación, que el 
certificado expedido por la autoridad sanitaria competente haga constar:
a) que en su elaboración no se haya utilizado leche proveniente de 
   animales sospechosos de EEB;
b) que en la elaboración de los productos lácteos no se haya 
   utilizado ninguna proteína de origen bovino, a excepción de las
   proteínas lácteas.-
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