AMPLIACION DE LAS MEDIDAS RESTRICTIVAS PARA EL USO AGRICOLA DEL INGREDIENTE
ACTIVO FIPRONIL Y DEROGANSE LAS RESOLUCIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS AGRICOLAS 12/009 Y 27/009
Exceptúanse de lo previsto en el numeral anterior las siguientes
situaciones:
a) el ingreso del ingrediente activo fipronil, para la formulación
nacional de cebo granulado con aptitud hormiguicida y como curasemilla
para uso agrícola,
b) el ingreso del ingrediente activo fipronil en régimen de admisión
temporaria para la formulación nacional con fines de exportación, de
productos de uso agrícola a base de dicho ingrediente activo en otras
presentaciones además de la indicada en el literal a).