AMPLIACION DE LAS MEDIDAS RESTRICTIVAS PARA EL USO AGRICOLA DEL INGREDIENTE
ACTIVO FIPRONIL Y DEROGANSE LAS RESOLUCIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS AGRICOLAS 12/009 Y 27/009
Los productos de uso agrícola a base de fipronil no comprendidos en el
numeral 1° que cuenten con registro vigente a la fecha de la presente
resolución y que se encuentren disponibles en plaza, sólo podrán
comercializarse y utilizarse en el país hasta el día 29 de agosto de 2009,
a partir de cuya fecha quedarán automáticamente revocados sus
correspondientes registros.