REGLAMENTACION SOBRE LA OBLIGACION DE LOS ESTABLECIMIENTOS HABILITADOS PARA PROPORCIONAR LOCOMOCION A LA INSPECCION VETERINARIA OFICIAL. MODALIDADES




Promulgación: 23/10/2009
Publicación: 03/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1305

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 El jefe del Servicio de cada planta habilitada deberá dar cuenta a su
superior jerárquico inmediato el incumplimiento del presente reglamento a
efectos de lograr las correcciones pertinentes o determinar la suspensión
ante reiteración por parte de la empresa.
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