A partir del 1° de febrero de 2017, todos los establecimientos especificados en el numeral 1° de la presente resolución, deberán ingresar en la plataforma del SNIG, las existencias de productos veterinarios garrapaticidas y mosquicidas de uso en bovinos mantenidas en stock a la fecha.
Los registros sucesivos, deberán efectuarse con una frecuencia mensual.
Los datos ingresados a la plataforma tendrán el carácter de "reservado".