REINTEGROS DE EXPORTACION




Promulgación: 08/05/1975
Publicación: 27/05/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 1078

Visto: los estudios de costos realizados por los técnicos designados por
la Comisión Asesora de Reintegros.

De conformidad: con dichos estudios y con lo informado por la Comisión
Asesora de Reintegros.

Atento: a lo dispuesto por la ley 13.268 de 9 de julio de 1964, sus
modificativas y concordantes,

                              SE RESUELVE:

1

   Fijar un reintegro del ocho por ciento (8%) sobre el valor FOB de
exportación del producto denominado "Papel base Glassine blanco, de
producción nacional", que regirá a partir del 27 de enero de 1975, en las
condiciones establecidas por el decreto 548/972, de 3 de agosto de 1972.

ADOLFO CARDOSO GUANI - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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