Derogada/o por: Decreto Nº 463/990 de 11/10/1990 artículo 18.
Visto: la gestión de la Dirección Nacional de Turismo tendiente a que se
extienda a los departamentos de Canelones y Rocha la aplicación del
decreto 577/977 de 19 de octubre de 1977, que reglamenta el funcionamiento
de las Empresas de Arrendamientos Turísticos.
Resultando: I) Por resolución del 11 de noviembre de 1977 se
circunscribió el ámbito territorial de aplicación de las normas del
precitado decreto al departamento de Maldonado;
II) La Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía entiende
que puede procederse en la forma requerida, dado que el artículo 27, de
dicho decreto, habilitó al Ministerio de Industria y Energía a fijar la
fecha de vigencia del régimen y a limitar el ámbito territorial de su
aplicación a zonas determinadas del territorio nacional.
Considerando: que de hecho la zona de gran demanda turística se extiende
desde el Arroyo Carrasco hasta el Chuy corresponde, en consecuencia,
extender la aplicación del decreto 577/977 de 19 de octubre de 1977 a los
departamentos de Canelones y Rocha con una fecha de vigencia y
otorgamiento de plazo adecuados a los prestadores de servicios, para
ajustarse a las exigencias de dicho decreto.
Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Turismo, lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía
y lo dispuesto por el artículo 27 del decreto 577/977 de 19 de octubre de
1977 (Reglamentación de las Empresas de Arrendamientos Turísticos),
El Ministro de Industria y Energía
RESUELVE: