PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
A los efectos previstos en el artículo 3° del Decreto que se reglamenta, se designan para la evaluación y certificación de la conformidad de los productos a que dicha norma refiere, al Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) y al Instituto Uruguayo de Normas Técnicas (UNIT).Ayuda