PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
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Las empresas fabricantes o importadoras de acero para uso estructural a
que refiere esta resolución, deberán certificar el cumplimiento de las
exigencias de seguridad indicadas en el Reglamento Técnico de Calidad
aprobado por el Decreto N° 307/012, utilizando a su elección, uno de los
siguientes sistemas de evaluación:
a) Ensayo de tipo y evaluación del control de calidad de la fábrica y
su aceptación, seguidos de un control que tiene en cuenta, a su
vez, la auditoría del control de calidad de la fábrica y los
ensayos de verificación de muestras tomadas en el comercio y en la
fábrica.
b) Ensayo de lote, que deberá realizarse sobre muestras
representativas tomadas de cada lote fabricado o importado.