Fecha de Publicación: 01/08/2025
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

3

   Dispónese de un plazo máximo de 6 meses a contar a partir del 5 de julio de 2025, para la comercialización mayorista de los inventarios existentes de lámparas ingresadas al territorio nacional con anterioridad a esta fecha y que no cuenten con la evaluación de la conformidad prevista en la Reglamentación. Resulta aplicable dicho plazo únicamente a las lámparas abarcadas en la fase 1 del numeral 1.4 de la Resolución Ministerial, de 21 de enero de 2025;
Ayuda