La etiqueta llevará, en el espacio destinado a tal fin, el sello de la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua, el de Eficiencia Energética de la Dirección Nacional de Energía y el del Organismo de Certificación, tal como se indica en el anexo adjunto y que integra la presente ordenanza.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Resolución MIEM S/N de
28/11/2014.