Se admitirá la ubicación de la etiqueta en el envase primario del equipo. En el caso de equipos que estén en exhibición en los puntos de venta, la etiqueta deberá adherirse al equipo de forma de ser totalmente visible al consumidor.
Asimismo, en los sitios web en los que se comercialice o promocionen los productos alcanzados por la presente ordenanza, se deberá informar sobre el desempeño energético y los campos de la etiqueta.