DESIGNACION A LSQA (LATU Y QUALITY AUSTRIA), COMO ORGANISMO DE EVALUACION DE LOS REQUISITOS DE SEGURIDAD Y CALIDAD DE NEUMATICOS DE MOTOCICLETAS Y CICLOMOTORES




Promulgación: 13/09/2018
Publicación: 19/09/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Agotado el plazo de 10 (diez) días hábiles referido en el numeral 3°, sin pronunciamiento del organismo de evaluación de conformidad, la Dirección Nacional de Industrias procederá a emitir el certificado de comercialización o la licencia de importación correspondiente. Sin embargo, si el resultado de la evaluación de conformidad resultare finalmente negativo, se revocará el certificado de comercialización o la licencia de importación y se comunicará al importador o productor, a efectos de que suspenda la comercialización del producto. En dichos casos, el otorgamiento de futuros certificados de comercialización o licencias de importación al mismo productor o importador, no procederá hasta tanto finalice la evaluación de conformidad, aún en el caso de agotado el plazo de 10 días hábiles, manteniéndose este procedimiento hasta que el importador o productor presente todos los resultados de evaluación conformes, durante el lapso de un año corrido.
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