HABILITACION EXCEPCIONAL DE IMPORTACION DE VEHICULOS DEPORTIVOS O CLASICOS, DE MAS DE TREINTA AÑOS DE ANTIGUEDAD, CON DESTINO A EXHIBICION O PARTICIPACION EN COMPETENCIAS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Se entiende por auto clásico a aquellos vehículos que tengan más de 30 (treinta) años de fabricado y que su estado de mantenimiento sea correcto desde el punto de vista histórico, permaneciendo en estado original o sin modificar de forma sustancial las características técnicas de sus principales componentes.
Se entiende por vehículo deportivo a todo vehículo medio o pequeño, que puede ser para 2 (dos) o 4 (cuatro) pasajeros, diseñado para poder circular a altas velocidades y que al contrario que un automóvil de carrera, está pensado para ser conducido en la vía pública, con carrocerías cupé o descapotable.