Fecha de Publicación: 04/05/1981
Página: 1241-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE JUSTICIA

Fe de erratas publicada/s: 22/06/1981.
Resolución

Se dispone la publicación de los aranceles comunicados por el Colegio de Abogados del Uruguay y Colegio de Procuradores del Uruguay.

Ministerio de Justicia

                                    Montevideo, 8 de abril de 1981.

   Visto: las presentes actuaciones administrativas.

   Resultando: que por las mismas el Colegio de Abogados del Uruguay y el
Colegio de Procuradores del Uruguay dando cumplimiento a lo dispuesto por
el artículo 2º del decreto 405/980, de fecha 20 de marzo de 1980,
comunicar a esta Secretaría de Estado los respectivos aranceles que habrán
de regir durante el presente año.

   Considerando: que es del caso proceder en la forma dispuesta por la
norma referida en el Resultando precedente.

   Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 2º del decreto
405/980, de fecha 20 de marzo de 1980,

   El Ministro de Justicia

                              RESUELVE:

1

   Publíquese en el "Diario Oficial" los aranceles comunicados por el
Colegio de Abogados del Uruguay y Colegio de Procuradores del Uruguay y
la presente resolución Ministerial.


		
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