Resolución
Resolución.- Se actualiza el arancel que regirá para los profesionales universitarios que ampara el Colegio de Doctores en Ciencias Económicas y Contadores del Uruguay.
Ministerio de Justicia.
Montevideo, 27 de marzo de 1984.
Visto: las presentes actuaciones administrativas.
Resultando: I) Que por las mismas, dándose cumplimiento a lo establecido por el artículo 2º del decreto 405/980, de fecha 20 de mayo de 1980, el Consejo Directivo del Colegio de Doctores en Ciencias Económicas y Contadores del Uruguay, comunica a esta Secretaría de Estado, el Arancel que regirá para los Profesionales Universitarios que ampara ese Colegio, a partir del 1º de febrero de 1984, adjuntando el correspondiente ejemplar,
II) Que asimismo, se solicita la publicación en el "Diario Oficial" de
la actualización del referido arancel, a los efectos de su vigencia
oficial.
Considerando: que es pertinente acceder a lo solicitado.
Atento: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el
artículo 2º del decreto 405/980, de fecha 20 de mayo de 1980,
El Ministro de Justicia
RESUELVE:
1
Publíquese en el "Diario Oficial" la actualización del Arancel, que regirá para los Profesionales Universitarios que ampara el Colegio de Ciencias Económicas y Contadores del Uruguay, a partir del 1º de febrero de 1984, y la presente resolución.