Fecha de Publicación: 11/02/2011
Página: 491-A
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

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 RESPONSABILIDADES DE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
a) Será responsabilidad de la Intendencia de Montevideo, gestionar y
obtener todas las autorizaciones de los organismos competentes que
resulten necesarias, de acuerdo con la legislación vigente, para el
cumplimiento de sus fines. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas no
asume responsabilidad por los daños o perjuicios que pueda causar la
denegatoria o condicionamiento por parte de los organismos competentes de
las autorizaciones gestionadas, sin perjuicio de las necesarias
coordinaciones que puedan establecerse.
b) Será de responsabilidad y cargo del Permisario, el mantenimiento en
perfecto estado de conservación de la totalidad de las obras construidas e
infraestructura instalada en el área otorgada. Asimismo, será responsable
por todos los daños y perjuicios que la construcción o el uso de esas
obras e infraestructura ocasionen a terceros.
c) Será de responsabilidad y cargo de la Intendencia de Montevideo la
vigilancia, conservación, mantenimiento, incluyendo la realización de las
obras necesarias en el predio referido en el numeral 12° de la presente
resolución, salvo causa extraña no imputable a la Intendencia de
Montevideo.
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