Fecha de Publicación: 20/06/2016
Página: 12
Carilla: 12

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                               Resolución S/n

Autorízase la circulación de vehículos de transporte de carga, por los corredores viales y las rutas que se indican, en el marco de lo dispuesto por el Decreto 157/009.
(895*R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                           Montevideo, 15 de Junio de 2016

   VISTO: el Decreto N° 157/009 de 16 de marzo de 2009, por el cual se eleva la altura máxima para los vehículos de transporte de carga al valor de 4,30 m.

   RESULTANDO: I) Que por el mismo se faculta al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a establecer en qué corredores viales se podrá circular con la referida altura.

   II) Que por Resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas de 12 de mayo de 2009, se identificaron aquellos corredores viales donde se permitiría la circulación de vehículos de transporte de cargas con hasta 4,30 m de altura.

   CONSIDERANDO: que es conveniente actualizar el listado de los corredores autorizados, de acuerdo a la información proporcionada por las Direcciones Nacionales de Transporte y Vialidad.

   ATENTO: a lo dispuesto en la norma citada en el Visto de la presente resolución.

                EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                RESUELVE:

1

   Autorizar en el marco de lo dispuesto en el Decreto N° 157/009 de 16 de marzo de 2009, la circulación de vehículos de transporte de cargas con una altura máxima de 4,30 m en los corredores viales y rutas que se describen en el ANEXO de la presente resolución.

2

   Comuníquese, publíquese y pase a las Dirección Nacionales de Transporte y Vialidad a sus efectos.
   VÍCTOR ROSSI.

                                  ANEXO

    CORREDORES Y RUTAS NACIONALES DONDE SE AUTORIZA LA CIRCULACIÓN DE
    VEHICULOS DE TRANSPORTE DE CARGAS CON UNA ALTURA MÁXIMA DE 4,30 m

   I) Corredores autorizados

   Montevideo-Colonia por Ruta N° 1
   Montevideo - Fray Bentos por Rutas N° 1, 3, 11, 23, 12 y 2
   Montevideo - Bella Unión por Rutas N° 1 y 3
   Montevideo - Rivera por Ruta N° 5
   Montevideo - Chuy por Rutas N° 8 y 9
   Montevideo - Melo - Aceguá por Ruta N° 8
   Montevideo - Río Branco por Rutas N° 8, 17 y 18
   Montevideo - Nueva Palmira por Rutas N° 1, 3, 11, 23 y 12
   Ruta N° 5 - Ruta N° 8 por Ruta N° 102 (Anillo Perimetral).
   Nueva Palmira - Mercedes por Ruta 21
   Artigas - Salto por Rutas N° 4 y 31.
   Ruta N° 11 en toda su extensión, con excepción del puente sobre el
   Río San José en el km 53.
   Área de Control Integrado (Cabecera Puente Paysandú-Colón) - empalme
   con Ruta N° 3
   Ruta N° 14 en toda su extensión
   Ruta N° 15 en toda su extensión
   Ruta N° 26 en toda su extensión

   II) Rutas nacionales

   Ruta N°
   Tramo a autorizar para 4,30 m de altura
   4
   En toda su extensión
   6
   Montevideo - Empalme Ruta N° 41
   Empalme Ruta N° 19 - Empalme Ruta N° 38
   Empalme Ruta N° 26 - Frontera con Brasil
   7
   En toda su extensión
   10
   La Paloma - Aguas Dulces
   12
   En toda su extensión
   13
   En toda su extensión
   19
   En toda su extensión
   20
   En toda su extensión
   21
   En toda su extensión
   24
   En toda su extensión
   25
   En toda su extensión
   27
   En toda su extensión
   28
   En toda su extensión
   29
   En toda su extensión
   30
   En toda su extensión
   31
   En toda su extensión
   39
   En toda su extensión
   41
   En toda su extensión
   43
   En toda su extensión
   44
   En toda su extensión
   54
   En toda su extensión
   55
   En toda su extensión
   56
   En toda su extensión
   57
   En toda su extensión
   60
   En toda su extensión
   90
   En toda su extensión
   108
   En toda su extensión
VÍCTOR ROSSI, MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS.


		
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