Fecha de Publicación: 20/06/2016
Página: 12
Carilla: 12

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                               Resolución S/n

Autorízase la circulación de vehículos de transporte de carga, por los corredores viales y las rutas que se indican, en el marco de lo dispuesto por el Decreto 157/009.
(895*R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                           Montevideo, 15 de Junio de 2016

   VISTO: el Decreto N° 157/009 de 16 de marzo de 2009, por el cual se eleva la altura máxima para los vehículos de transporte de carga al valor de 4,30 m.

   RESULTANDO: I) Que por el mismo se faculta al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a establecer en qué corredores viales se podrá circular con la referida altura.

   II) Que por Resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas de 12 de mayo de 2009, se identificaron aquellos corredores viales donde se permitiría la circulación de vehículos de transporte de cargas con hasta 4,30 m de altura.

   CONSIDERANDO: que es conveniente actualizar el listado de los corredores autorizados, de acuerdo a la información proporcionada por las Direcciones Nacionales de Transporte y Vialidad.

   ATENTO: a lo dispuesto en la norma citada en el Visto de la presente resolución.

                EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                RESUELVE:

1

   Autorizar en el marco de lo dispuesto en el Decreto N° 157/009 de 16 de marzo de 2009, la circulación de vehículos de transporte de cargas con una altura máxima de 4,30 m en los corredores viales y rutas que se describen en el ANEXO de la presente resolución.


		
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