APROBACION DE LAS INSTALACIONES EN EL ALVEO DEL OCEANO ATLANTICO. PROYECTO BIVALVOS COSTA ROCHA




Promulgación: 30/12/2002
Publicación: 07/01/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1799

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 Serán, además, obligaciones del permisario las siguientes: a) las 
instalaciones deberán contar, al momento de su implantación, con las 
señalizaciones necesarias para no ocasionar ningún inconveniente en la 
navegación o a personas, para lo cual el permisario, será el único 
responsable de conseguir las autorizaciones de los organismos 
correspondientes; b) será responsabilidad del particular, gestionar ante 
los organismos competentes todas las autorizaciones que resulten 
necesarias para el cumplimiento de sus fines de acuerdo a la legislación 
vigente, no asumiendo el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, 
responsabilidad alguna por los daños o perjuicios que pueda causar la 
denegatoria o condicionamiento por parte de los organismos competentes de 
las autorizaciones gestionadas, sin perjuicio de las necesarias 
coordinaciones que puedan establecerse.
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