SE ESTABLECEN TURNOS PARA EXTRACCION EN LOS CURSOS DE AGUA DEL DOMINIO PUBLICO




Promulgación: 30/01/1989
Publicación: 28/06/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 100
 Visto: las dificultades existentes en los abastecimientos de agua con
fines de riego en varios cursos del país, originados por disminución
importante de sus caudales.

 Considerando: que la Dirección Nacional de Hidrografía viene
desarrollando un plan de emergencia conjuntamente con los usuarios a
través de las Juntas Asesoras de Riego.

 Atento: a lo dispuesto por los artículos 186 y 187 del Código de Aguas.

 El Ministro de Transporte y Obras Públicas

                              RESUELVE

1

   Imponer turnos de extracción en los cursos de aguas del dominio público
cuyo caudal sea insuficiente para abastecer adecuadamente a todos los
permisarios los que se establecerán en base a distribuir el déficit
proporcionalmente a los derechos que se poseen.

JORGE SANGUINETTI
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