EXTENSION DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS PARA LOS SERVICIOS REGULARES DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS, A LOS SERVICIOS NO REGULARES (OCASIONALES) CON CAPACIDAD MAYOR A DIECIOCHO ASIENTOS
Publíquese en el Diario Oficial, en dos diarios de circulación nacional, y en la página web del MTOP y pase a la Dirección Nacional de Transporte, a fin de notificar a las agremiaciones que nuclean a las empresas de transporte de pasajeros y a las empresas no agremiadas.