OTORGAMIENTO DE PERMISO DE OCUPACION DE FRACCION DEL ALVEO DE DOMINIO PUBLICO DEL RIO URUGUAY




Promulgación: 01/02/2022
Publicación: 07/02/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud presentada por la empresa PETROVIA INTERNACIONAL S.A. para obtener el derecho de uso de una fracción de álveo del Río Uruguay frente al padrón N° 1.590 (Localidad Catastral Nueva Palmira, Departamento Colonia) a fin de establecer una zona de espera de las barcazas asociadas a la operativa de las terminales que desarrollan Corporación Navíos S.A. y Corporación Navíos Granos S.A. en la Zona Franca de Nueva Palmira del Departamento de Colonia;

   RESULTANDO: I) que la empresa PETROVIA INTERNACIONAL S.A. acreditó la propiedad del padrón N° 1.590 de la Localidad Catastral Nueva Palmira del Departamento de Colonia, al Sur de la Barranca de los Loros;

   II) que la empresa PETROVIA INTERNACIONAL S.A. presentó ante la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el proyecto básico de las obras e infraestructura a instalar en una fracción de álveo del Río Uruguay y de la operativa a cumplir en la misma;

   III) que la fracción de álveo involucrada pertenece al dominio público del Río Uruguay en jurisdicción de la República Oriental del Uruguay;

   CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, considera de interés acceder a lo solicitado en la medida que la propuesta está ligada a dos terminales de carga operativas;

   ATENTO: a lo establecido en los artículos 4°, 165 y siguientes del Decreto-Ley N° 14.859, de 15 de diciembre de 1978 (Código de Aguas), artículo 251 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 397 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008;

                EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                RESUELVE:

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   PERMISO DE OCUPACIÓN DE ÁLVEO: Otórgase a la empresa PETROVÍA INTERNACIONAL SA. un permiso de ocupación de una fracción del álveo de dominio público del Río Uruguay de aproximadamente 11 hás 7.112 m² frente al padrón N° 1.590 de la Localidad Catastral Nueva Palmira del Departamento de Colonia (al Sur de la Barranca de los Loros), a fin de establecer un fondeadero de barcazas vinculado a las terminales que desarrollan Corporación Navíos S.A. y Corporación Navíos Granos S.A. en la Zona Franca de Nueva Palmira, Departamento de Colonia. La fracción referida se identifica como Fracción A y queda definida por la poligonal cerrada que une los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y la Línea de Ribera, en el Plano de Mensura de fecha 6 de julio de 2021 del Ingeniero Agrimensor Álvaro Viviano incluido en el Anexo I (*) de la presente Resolución.

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma 
en el Diario Oficial correspondiente.

   JOSÉ LUIS FALERO
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