TRAMITACION DEL CERTIFICADO DE NECESIDAD PARA LA ADQUISICION DE EQUIPOS DE TRANSPORTE DE CARGA NUEVOS IMPORTADOS O FABRICADOS EN PLAZA Y OTROS




Promulgación: 10/07/2026
Publicación: 12/08/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Establécese que a los efectos de tramitar el Certificado de Necesidad, las empresas deberán presentarse a la gremial correspondiente, presentando la siguiente documentación: a) factura proforma de los equipos a importar o adquirir en plaza, b) acreditación de ser empresa habilitada para el transporte terrestre profesional de carga, expedido por División Centro Integral de Registro y Habilitación de Empresas de la Dirección Nacional de Transporte, c) Certificado de Contador Público en el que se establezca que se ha tenido a la vista la documentación que respalda que la empresa adquirente del bien cumple a la fecha de la solicitud con los extremos establecidos por el Decreto N° 349/001, de 11 de setiembre de 2001, d) declaración jurada de los directores, socios administradores, titulares de empresas unipersonal o representantes según corresponda, en la que se especifique que la adquisición de los vehículos será para sustituir o ampliar flota, y para el caso en que corresponda la incorporación de nuevos vehículos a la flota, que esta guarde relación con el volumen de facturación declarado por dicha empresa en División Centro Integral de Registro y Habilitación de Empresas de la Dirección Nacional de Transporte, e) constancia expedida por División Cargas de la Dirección Nacional de Transporte de la cual surja su situación relativa al transporte internacional de cargas, que detallará si cuenta o no con permisos internacionales vigentes.
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