Los establecimientos productores de leche que prevean instalarse en la
cuenca del Río Santa Lucía y aquellos que se encuentren ya instalados
dentro de la cuenca, pero pretendan aumentar su capacidad por encima de
500 (quinientas) vacas, deberán previamente contar con la SAD y el PGRS
aprobados por DINAMA, de conformidad con lo previsto en la presente.-