APLICACION DE MEDIDAS NECESARIAS PARA IMPEDIR CONDUCTAS QUE PUEDAN
VIOLENTAR LA PROHIBICION, PROVOCAR CONTAMINACION O RIESGOS DE AFECTACION
DEL AMBIENTE
Se requiere la colaboración del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a los efectos del cumplimiento de la prohibición establecida en el ordinal 1° dentro de los álveos del dominio público.