El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Prevéngase a las interesadas, que deberán presentar ante la Dirección Nacional de Medio Ambiente:
a) Informes periódicos, cada tres años, a los efectos de
actualizar la información concerniente al cumplimiento del
Plan de Gestión Ambiental Forestal, debiendo indicar los
resultados del seguimiento ambiental, conforme lo dispuesto
por la Guía "Pautas para la Gestión Ambiental Forestal".
b) Una nueva versión actualizada del Plan de Gestión Ambiental
Forestal, en caso de producirse cambios significativos en la
gestión ambiental o se autoricen nuevos proyectos del mismo
titular, dentro del plazo de tres años antes referido, en la
misma unidad de cuenca.-