El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CAPÍTULO VI - SOBRE LA FISCALIZACIÓN
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(Agencia Nacional de Investigación e Innovación). La Dirección Nacional de Medio Ambiente coordinará con la Agencia Nacional de Investigación e Innovación, su designación como punto de verificación, a los efectos que le remita información relativa a la utilización de recursos genéticos, derivados o secuencias de información genética en el marco de sus proyectos y programas, en la forma que determinen.-