DETERMINACION DE LAS CONDICIONES DE ACCESO A LOS RECURSOS GENETICOS Y DERIVADOS




Promulgación: 14/02/2020
Publicación: 20/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO VI - SOBRE LA FISCALIZACIÓN

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   (Agencia Nacional de Investigación e Innovación). La Dirección Nacional de Medio Ambiente coordinará con la Agencia Nacional de Investigación e Innovación, su designación como punto de verificación, a los efectos que le remita información relativa a la utilización de recursos genéticos, derivados o secuencias de información genética en el marco de sus proyectos y programas, en la forma que determinen.-
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